Director del Departamento de Derecho Público, Facultad de Derecho:

Opinión del abogado y académico, Luis Bobadilla: El Tribunal Calificador de Elecciones y su rol en la actividad electoral

Ante cualquier reclamo o conflicto que se suscite a propósito del escrutinio y la calificación de los votos respecto de los cargos de elección popular en juego en las elecciones del 15 y 16 de mayo, serán los cinco integrantes del Tricel quienes tendrán la última palabra para resolver tales disputas en tiempo récord.
Actualmente, está compuesto por 5 miembros: cuatro ministros de la Corte Suprema -Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco y Jorge Dahm- y un ex vicepresidente del Senado -Jaime Gazmuri (PS)-, y les corresponderá por una parte, la responsabilidad de proclamar las candidaturas triunfadoras de las próximas elecciones constituyentes y por otra, resolver en segunda instancia los reclamos formulados por candidatos a alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales ante los Tribunales electorales regionales.

Tras una rápida discusión y aprobación en el Congreso Nacional, la ley Nº 21324 vino a postergar de abril a mayo las elecciones de numerosos cargos de elección popular con motivo del preocupante aumento de contagios de COVID-19, que pusieron nuevamente bajo tensión la capacidad de atención de los sistemas de salud.

Así las cosas, el próximo 15 y 16 de mayo, podremos elegir democráticamente a convencionales constituyentes, alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales, bajo una circunstancia especial: la ciudadanía, de forma inédita, deberá elegir entre más de 16 mil candidatos que buscan acceder a ocupar más de 2.500 cargos públicos a cubrir.

Mas allá de las naturales complicaciones fruto de la postergación de los comicios, como son una extensión no prevista de la campaña para los candidatos; la suspensión provisoria de ellas hasta fines de abril; el desgaste económico extra que afecta especialmente a las propuestas independientes; en medio del proceso previo de inscripción y candidaturas, adquirió especial relevancia un actor que en los últimos 30 años de democracia había tenido un rol poco visible en el ejercicio del poder en Chile.

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) hizo su irrupción en el contexto eleccionario actual, cuando le correspondió conocer y resolver sobre las reclamaciones de diversas candidaturas que fueron rechazadas en enero de este año por el Servel, al no cumplir con los requisitos formales establecidos por nuestra legislación para optar a cargos de elección popular.

Es en ese orden de ideas, y a propósito de todas las opciones en juego en los comicios de mayo, que resulta interesante conocer a este tribunal, cuál es su composición, cuáles son sus atribuciones, y qué rol clave van a jugar cumplidas las jornadas del 15 y 16 de mayo.

De acuerdo al Capitulo IX de la Constitución Política de la República, el Tricel es un tribunal especial que conoce del escrutinio general y de la calificación de las elecciones de Presidente de la República, de diputados y senadores, que resuelve las reclamaciones a que dieren lugar y proclamará a los que resulten elegidos.

Actualmente, está compuesto por 5 miembros: cuatro ministros de la Corte Suprema -Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco y Jorge Dahm- y un ex vicepresidente del Senado -Jaime Gazmuri (PS)-, y les corresponderá por una parte, la responsabilidad de proclamar las candidaturas triunfadoras de las próximas elecciones constituyentes y por otra, resolver en segunda instancia los reclamos formulados por candidatos a alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales ante los Tribunales electorales regionales.

En tal contexto resulta especialmente interesante advertir que, ante cualquier reclamo o conflicto que se suscite a propósito del escrutinio y la calificación de los votos respecto de los miles de cargos de elección popular en juego en estas elecciones, serán los cinco integrantes del Tricel quienes tendrán la última palabra para resolver tales disputas en tiempo record.

Un aspecto a tener en consideración es que, la cantidad de causas ante este tribunal especial puede llegar un alto nivel de requerimientos, y por ello es muy probable que los cuatro ministros integrantes de la Corte Suprema deban pedir permisos administrativos de dedicación exclusiva para proveer en tiempo y forma las certezas electorales a los candidatos que deban asumir sus cargos.

En consecuencia, es del más alto interés que la ciudadanía del país esté al tanto de la existencia de este órgano constitucional, de sus responsabilidades, de los límites de sus capacidades de trabajo, y por cierto de las insospechadas consecuencias prácticas que pueden implicar una eventual avalancha de reclamos por parte de candidatos que no se conformen con el resultado de las urnas.

Fotografía: 
Archivo Departamento de Comunicaciones