Sentencia marcaría un precedente para evaluar las conductas de funcionarios a cargo del ingreso de extranjeros

Experta remarca trascendencia de fallo que declara ilegal la deportación de 62 haitianos

La especialista en migración y académica de nuestra Casa de Estudios, Dra. Daisy Margarit, califica como un avance el rechazo de la Corte Suprema a la expulsión colectiva del grupo de extranjeros, hecho ocurrido a principios de marzo en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez. “El fallo va a generar una alerta. Las conductas de la Policía de Migraciones serán cada vez más observadas”, enfatiza.
“Esta resolución es un gran avance en materia de inmigración, ya que sentará un precedente relacionado con la arbitrariedad, ante la ausencia de una ley migratoria que regule de mejor manera esta situación”, Dra. Daisy Margarit, experta en migración y académica del Instituto de Estudios Avanzados (IDEA) de la Universidad de Santiago de Chile

La Corte Suprema declaró “ilegal” el actuar de la Policía de Investigaciones (PDI), que impidió el ingreso a Chile a 62 haitianos, por considerar que incumplía la norma migratoria. El hecho ocurrió en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez, donde el grupo de extranjeros debió permanecer desde el 2 al 6 de marzo antes de ser reembarcadas a su país de origen, dado que funcionarios consideraron que portaban documentación fraudulenta. En su determinación de esta semana, el Máximo Tribunal señaló que no pueden realizarse expulsiones colectivas y que no se puede juzgar, a partir de la cantidad de dinero que tienen, si están o no en condiciones de permanecer.

Para la experta en migración y académica del Instituto de Estudios Avanzados (IDEA) de la Universidad de Santiago de Chile, Dra. Daisy Margarit, este fallo sienta un precedente para evaluar, a futuro, las conductas de funcionarios a cargo del ingreso de extranjeros, dado que la actual ley en la materia otorga facultades discrecionales a ciertas instituciones, como la PDI. “Esta resolución es un gran avance en materia de inmigración, ya que sentará un precedente relacionado con la arbitrariedad, ante la ausencia de una ley migratoria que regule de mejor manera esta situación”, considera.

“La PDI tiene facultades para permitir, en forma aleatoria o discrecional y según sea el funcionario de turno, la entrada al país de extranjeros. Esto, si dicho funcionario considera que, de acuerdo a la normativa, los inmigrantes reúnen o no las condiciones y requisitos para el ingreso”, explica. No obstante, reconoce que el maltrato a extranjeros también puede ocurrir en otras áreas como la salud o la educación, donde se producen situaciones diarias en las cuales se ponen constantemente en discusión los derechos de estas personas.

Al respecto, cita el caso de la haitiana que, en agosto del año pasado, fue detenida tras ser acusada de abandonar a su bebé de casi dos meses en la Oficina de Protección de Derechos (OPD). Sin embargo, la mujer nunca quiso abandonar a su hija: fue víctima de un robo y persiguió al delincuente, dejando sola a la niña unos minutos. La joven Joane Florvil no pudo explicar el hecho a Carabineros, porque no manejaba el idioma, siendo víctima de la situación.

“Son decisiones discrecionales que dependen de funcionarios sin capacitación o sensibilización, y que atentan contra los derechos de las personas inmigrantes para poder desarrollarse en este país de forma plena y justa”, considera.

Finalmente, la Dra. Margarit reconoce que sin una ley que actualice la actual normativa, que data de 1975, esta situación puede seguir ocurriendo. “Se puede seguir repitiendo, pero este fallo va a generar una alerta y estas conductas serán cada vez más observadas, relacionadas al trato que tendrá un funcionario ante un hecho similar”, concluye.

Autor: 
Cristóbal Miranda Ríos